Publican Ley General de Aguas; garantizan suministro mínimo aunque exista adeudo

El pasado jueves se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva Ley General de Aguas, que introduce cambios sustanciales en la regulación del recurso hídrico y en la garantía del derecho humano al agua en México. Uno de los puntos centrales de la legislación es la prohibición de suspender totalmente el servicio de agua potable por falta de pago.

De acuerdo con el artículo 9, los organismos operadores de agua ya no podrán realizar cortes totales del suministro por adeudos. En estos casos, deberán asegurar a los usuarios una cantidad mínima de agua destinada al consumo humano básico, tanto en el servicio de agua potable como en el saneamiento.

La ley busca dar cumplimiento a lo establecido en la Constitución, al definir el derecho humano al agua bajo criterios de disponibilidad suficiente, calidad salubre, aceptabilidad y asequibilidad económica, de modo que su acceso no comprometa otros derechos fundamentales.

Entre los nuevos principios incorporados destaca el denominado In Dubio Pro Aqua, que establece que cualquier duda en la interpretación legal deberá resolverse priorizando el acceso al agua. Este enfoque pretende fortalecer la protección del derecho frente a posibles controversias administrativas o jurídicas.

Otro de los aspectos que ha generado discusión es la obligación de garantizar agua suficiente para una menstruación digna, con prioridad para niñas, adolescentes y personas menstruantes, como parte de un enfoque de derechos humanos y salud.

La Ley General de Aguas también establece que la gestión del recurso deberá incluir perspectiva de género, interculturalidad y paridad en los espacios de toma de decisiones. Asimismo, reconoce formalmente a los Sistemas Comunitarios de Agua, particularmente en comunidades rurales donde la administración del servicio se realiza de manera colectiva y sin fines de lucro.

Además, la nueva legislación distribuye responsabilidades entre la Federación, las entidades federativas y los municipios; contempla lineamientos para la captación de agua de lluvia, y establece el principio de progresividad, que impide retrocesos en los niveles de acceso y en los derechos ya alcanzados.

La entrada en vigor de esta ley ha abierto un debate público sobre su aplicación práctica, los retos financieros para los organismos operadores y su impacto en el acceso equitativo al agua en el país.