Corte Suprema de EE.UU. respalda ley que prohíbe armas a personas con órdenes de alejamiento por violencia doméstica

Este viernes, la Corte Suprema de Estados Unidos ratificó una ley federal que prohíbe a las personas sujetas a órdenes de alejamiento por violencia doméstica poseer armas de fuego, revocando un fallo previo de un tribunal de apelaciones que la consideraba inconstitucional.
La decisión fue tomada por ocho votos a favor y uno en contra, subrayando que cuando un tribunal determina que alguien representa una amenaza creíble para la seguridad física de otra persona, esa persona puede ser temporalmente desarmada según la interpretación de la Segunda Enmienda.
El presidente del tribunal, John Roberts, afirmó en su declaración que esta medida protege a las víctimas de violencia doméstica y sus familias, asegurando que han tenido acceso a estas protecciones fundamentales durante las últimas tres décadas.
El presidente Joe Biden expresó su satisfacción por la decisión judicial, destacando que este fallo permite continuar garantizando la seguridad de las supervivientes de la violencia doméstica mediante restricciones a la posesión de armas.
Este caso representa el primer examen del derecho a portar armas por parte del tribunal desde que el año pasado confirmó el derecho de los ciudadanos a llevar armas en espacios públicos. En ese fallo, la Corte enfatizó que sólo permitiría excepciones razonables a este derecho y se basaría en precedentes históricos relacionados con la regulación de armas de fuego en Estados Unidos desde finales del siglo XVIII y XIX.
La decisión de la Corte Suprema contradice un dictamen de marzo de un tribunal de apelaciones ultraconservador que consideró inconstitucional la ley federal de prohibición de armas para personas con órdenes de alejamiento, argumentando la falta de precedentes históricos adecuados. Roberts refutó este argumento, indicando que algunos tribunales habían malinterpretado la metodología aplicada en casos recientes relacionados con la Segunda Enmienda.
Con este fallo, la Corte Suprema refuerza la interpretación de que las medidas de restricción de armas pueden ser compatibles con los derechos constitucionales, siempre que estén fundamentadas en la protección de la seguridad pública y en precedentes legales establecidos.